Hoy comienza la operación vuelta al cole en muchas comunidades autónomas. No obstante, algunos padres van a tener problemas para matricular a sus hijos si la cartilla de vacunación del menor no está correctamente completada. Aunque siga siendo un movimiento minoritario, los antivacunas están cogiendo fuerza. De acuerdo con el Eurobarómetro de marzo de 2019, el 15 % de los europeos consideran que las vacunas no sirven para protegerse de posibles enfermedades. En España, el porcentaje es considerablemente menor: según un informe de la Comisión Europea, tan solo el 6 % de los españoles simpatiza con los antivacunas, frente al 35 % de Francia. Estos porcentajes, junto con el crecimiento del movimiento más allá de las fronteras comunitarias, han provocado que la Organización Mundial de la Salud sitúe el rechazo a las vacunas entre una de las diez amenazas del 2019

En España, la vacunación es una práctica voluntaria y está amparada bajo varios derechos como el de libertad ideológica, intimidad e integridad física. No obstante, algunas comunidades autónomas cuentan con normativas que permiten vetar de las guarderías y escuelas infantiles públicas a aquellos menores que no estén correctamente vacunados. Estas medidas han sido avaladas por los tribunales en repetidas ocasiones. Concretamente, en enero de 2019 una jueza de Barcelona respaldó la decisión de un Ayuntamiento de no matricular en una guardería municipal a un niño que no estaba vacunado. La magistrada prepondera el derecho a la salud del resto de los niños y reprocha a la familia que quisieran que el resto de familias y niños pequeños del centro “asumieran las consecuencias y riesgos de su decisión unilateral”. Asimismo, rechazó que la negación hubiera supuesto una vulneración a la libertad ideológica de los padres, ya que “no se le ha obligado en ningún momento a vacunar a su hijo”.

Un argumento parecido siguió el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña en el año 2000 cuando dio la razón a un centro infantil que dejó sin efecto la matrícula de una menor no vacunada. En la sentencia, el tribunal declaró que un vivir en un estado democrático y de Derecho implica no solo respetar los derechos fundamentales de cada individuo “sino también asegurar que su ejercicio no menoscabe los derechos del resto de la sociedad que se rige por unas pautas de conducta que persiguen el interés general”.

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