El Boletín Oficial del Estado (BOE) aclara esta mañana algunas de las dudas que el ministro de Sanidad, Salvador Illa, no pudo despejar ayer sobre la autorización a partir de mañana de paseos y actividad física para los adultos. La orden de Sanidad 380/2020 finalmente no establece límite horario para esas salidas a caminar, hacer deporte o simplemente tomar el aire. Los adultos podrán estar en la calle todo el tiempo que deseen, eso sí siempre dentro de las franjas horarias ya conocidas: deportes y paseos de 6 a 10 y de 20 a 23 horas; mayores de 70 años y dependientes de 10 a 12 y de 19 a 20; y niños de 12 a 19 horas.

Los menores, por el contrario, seguirán con sus salidas limitadas a una hora diaria máxima dentro de su franja, según establece la instrucción que reduce, además, en cinco horas su anterior turno de salida inaugurado el pasado domingo y que iba de 9 de la mañana a 9 de la noche.

Otras dudas que resuelve esta mañana el BOE tienen que ver con la práctica de actividad física. Sanidad no ordena el uso de mascarillas para los deportes en los que debido a la velocidad se pudiera exhalar con más potencia (como el running o el ciclismo). La orden se limita a señalar que «deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias». Unas instrucciones que apuntan que la mascarilla es recomendable, pero no obligatoria.

Directo | Así avanza la lucha contra el coronavirus

Lo que sí especifica Sanidad es que los deportistas tendrán que «mantener una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros». El Gobierno dispone igualmente que durante la actividad física se deben «evitar los espacios concurridos, así como aquellos lugares donde puedan existir aglomeraciones».

Sin interrupción

Las instrucciones de Sanidad, además, subrayan que, «en la medida de lo posible» la actividad física debe realizarse de «manera continuada evitando paradas innecesarias en las vías o espacios de uso público».

 » Leer más