El Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa y archivo de las actuaciones respecto a los cargos del Sergas -Félix Rubial y Carolina González-Criado, que entonces eran director de Asistencia Sanitaria y subdirectora de Farmacia, respectivamente- investigados como presuntos responsables de delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y prevaricación por el supuesto retraso de tratamientos a pacientes con Hepatitis C. «No podemos afirmar que la muerte de los pacientes sea imputable causalmente a los investigados», indica el auto judicial, del que ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) y contra el que cabe recurso de apelación. En él, se analizan los distintos casos de pacientes denunciados y cómo se tramitaron cada uno de ellos. El sumario nació de una denuncia presentada por la fiscalía en enero de 2016.

Estudiados todos los casos, el juez Andrés Lago Louro concluye que «no existen indicios» de que el fallecimiento de los enfermos esté motivado «por la desidia o imprudencia de los investigados», que se limitaron «dentro de su ámbito competencial» a actuar «con la debida celeridad y diligencia» en la tramitación de tales peticiones de tratamiento médico.

El auto agrega que ambos cargos carecían «de capacidad para decidir la contratación» de los medicamentos en cuestión «sin previamente obtener el informe o dictamen favorable» de los especialistas integrantes en la Subcomisión de la Hepatitis C, que realmente eran los encargados de «verificar que cada paciente en concreto reunía los requisitos exigidos» para optar a los tratamientos antivirales. Además, recuerda que «hasta el pasado 16 de enero de 2014» solo podía accederse por uso compasivo a dichos medicamentos al tratarse de fármacos que, hasta esa fecha, «ni siquiera estaban autorizados». De ahí, subraya, la razón de que por parte de las autoridades sanitarias se desarrollase un protocolo de acceso dotado «de ciertos filtros o cautelas».

Este protocolo del Sergas, según el auto, es «muy similar al aplicado en otras comunidades». El magistrado insiste en que en la fecha de los hechos los nuevos tratamientos «ni siquiera se encontraban plenamente admitidos por la Agencia Europea del Medicamento»,

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