El Gobierno de España ha dado luz verde a una nueva normativa que equipara el tabaco calentado que incorpora aromas (mentolado y frutos rojos) al tabaco tradicional. La medida, impulsada por el Ministerio de Sanidad, busca proteger la salud pública y evitar que los jóvenes se inicien en el consumo de tabaco, especialmente en sus nuevas formas.

1) ¿Qué cambia?

Se prohíbe la venta de tabaco calentado con aromas. Esto incluye cualquier tipo de aromatizante, tanto en el propio tabaco como en sus componentes (filtros, papeles, cápsulas, etc.).

El etiquetado del tabaco calentado para fumar deberá incluir las mismas advertencias que el tabaco tradicional. Esto incluye un mensaje informativo que indica que el tabaco es perjudicial para la salud y que contiene más de 70 sustancias cancerígenas. Los envases del tabaco calentado deberán mostrar imágenes que muestren las consecuencias del consumo de tabaco. Estas imágenes son las mismas que se utilizan en las cajetillas de cigarrillos tradicionales. Se prohíbe la venta de filtros, papeles y cápsulas que contengan tabaco o nicotina. Todo esto no afecta ni a los dispositivos electrónicos para tabaco calentado ni a los cigarrillos electrónicos

2) ¿A quién afecta y cuándo entrará en vigor?

La nueva normativa afecta únicamente al tabaco calentado de aromas característicos,

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