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	<title>Grua para piscina &#8211; Blog Ortopedia Silvio</title>
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	<description>Información de interés del mundo sanitario y de ortopedia</description>
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		<title>Grúas para piscina</title>
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		<pubDate>Sun, 30 Sep 2018 13:45:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Silvio]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias de interés general]]></category>
		<category><![CDATA[Grua para piscina]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><img width="585" height="372" src="https://www.ortopediasilvio.com/blog/wp-content/uploads/2018/11/24-585x372.jpg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="" /></p>
<p>Obligación legal de instalación en piscinas comunitarias si existen personas con discapacidad, o mayores de setenta años. La nueva regulación normativa, sobre accesibilidad universal en edificios sujetos a la Ley de Propiedad Horizontal, se encuentra en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad...</p>
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				<content:encoded><![CDATA[<p><img width="585" height="372" src="https://www.ortopediasilvio.com/blog/wp-content/uploads/2018/11/24-585x372.jpg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="" /></p><h3>Obligación legal de instalación en piscinas comunitarias si existen personas con discapacidad, o mayores de setenta años.</h3>
<p>La nueva regulación normativa, sobre accesibilidad universal en edificios sujetos a la Ley de Propiedad Horizontal, se encuentra en la<strong> Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal (LPH), en la nueva redacción dada por La Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, en su disposición final primera, que modifica, entre otros, los artículos 10 y 17 de la LPH.</strong></p>
<p>Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal</p>
<p>Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, <strong>personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos</strong> que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.</p>
<p>Del <strong>Código civil, el artículo 396</strong> del Código civil parte de los elementos comunes (como es la piscina en el presente caso), como derecho de copropiedad, para su adecuado uso y disfrute. <strong>Los elementos comunes lo son para que todo copropietario los pueda usar y disfrutar.</strong></p>
<p>La <strong>Constitución Española en su artículo 49</strong> proclama, si bien se refiere a los poderes públicos pero es válido como principio, la atención especializada y el especial amparo para el disfrute de los derechos por los que llama “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos“.</p>
<p>Además de todas las anteriores normas, es imprescindible la cita de la <strong>Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad</strong>, hecho en Nueva York el 13 diciembre 2006, ratificado por España el 23 noviembre 2007 y publicado en el B.O.E. De 21 abril 2008.</p>
<p>Desde Ortopedia Silvio conscientes de todo esto, queremos informarles que enviamos <em><strong>grúas de piscina o ascensores acuáticos</strong></em> a cualquier lugar de la geografía española. Hoteles, Piscinas públicas, privadas o Piscinas comunitarias, si estás interesado o quieres más detalles de los productos que comercializamos, por favor ponte en contacto con nosotros.</p>
<h2 style="text-align: center;">La marca que hemos seleccionado es Metalu por su experiencia y por ser fabricantes españoles</h2>
<h2 style="text-align: center;"><img src="https://www.ortopediasilvio.com/img/cms/sunrise/logo-metalu.png" alt="Logo Metalu - Gruas Para Piscinas y Ascensores Acuáticos" width="292" height="56" /></h2>
<h2 style="text-align: center;"></h2>
<p>Su condición de fabricante, les permite estar involucrados de manera constante y avanzar hacia nuevas mejoras. Este avance se consigue con investigación y desarrollo por parte de sus técnicos y sobre todo con el compromiso adquirido en las peticiones que les demandan sus clientes, usuarios, propietarios, promotores, constructores.</p>
<p>Cada año salen de sus instalaciones cientos de elevadores hacia distintos destinos y con funciones diversas según la demanda del cliente, piscinas municipales, hoteles, camping, comunidades de propietarios, spa, chalet, balnearios…etc.</p>
<p>Les avala la confianza que han depositado en ellos la Secretaria General de Turismo de España, Ministerio de Asuntos Sociales Español; así como de las principales Cadenas Hoteleras, cientos de organismos oficiales y muchos más que sería casi imposible de enumerar.</p>
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